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CONCILIACIÓN LABORAL: SIEMPRE CON ABOGADO

Contar con el asesoramiento de un abogado desde el inicio del despido puede ser decisivo. Explicamos algunos motivos al respecto. 

Cualquier trabajador que haya sufrido un despido sabe que son momentos complicados. Uno de los motivos es el escaso plazo de tiempo que tenemos para presentar la correspondiente papeleta de conciliación ante el Servicio de Conciliación que existe en cada Comunidad Autónoma.

No es obligatorio acudir a la conciliación con un abogado, pero sin duda es muy recomendable.

En primer lugar, es conveniente que el profesional conozca el asunto desde el inicio, y redacte la papeleta. 

Un abogado conoce, a la vista de los antecedentes y motivos del despido, lo que debe incluirse y lo que no. ¿Existe un motivo para defender la nulidad del despido?... pues debe invocarse en la papeleta de conciliación, de lo contrario es pasible que el Juez, en un futuro juicio, ni siquiera entre a valorar dicho motivo, que el trabajador no tiene por qué conocer. Y en sentido contrario, es posible que el trabajador que redacta la papeleta sin asesoramiento, incluya cuestiones o reconozca hechos que en un futuro pueden perjudicarle. Es decir, un abogado sabe perfectamente lo que no se debe incluir en la papeleta.

Ya estamos en el acto de conciliación. Normalmente la empresa acudirá correctamente asesorada y representada. ¿Por qué el trabajador no habría de acudir con las mismas herramientas? Por supuesto, su letrado conocerá la indemnización que le corresponde, las perspectivas de cara a un futuro procedimiento judicial, y podrá asesorarle acerca de la conveniencia o no de aceptar un acuerdo. No es extraño que las empresas ofrezcan indemnizaciones correctas y justas a aquellos trabajadores correctamente representados, mientras que traten de cerrar acuerdos con indemnizaciones menores a aquellos trabajadores que acuden sin abogado a la conciliación. 

Un abogado sabrá, a la vista de los pormenores del despido, la mejor fórmula para cerrar, en su caso, un acuerdo. O incluso cuándo no es recomendable hacerlo. Y ante cualquier complicación, sin duda contar con el debido asesoramiento puede marcar la diferencia, como sucede en el caso de empresas de dudosa solvencia, como explicamos a continuación. 

No es extraño que las empresas ofrezcan indemnizaciones correctas y justas a aquellos trabajadores correctamente representados, mientras que traten de cerrar acuerdos con indemnizaciones menores a aquellos trabajadores que acuden sin abogado a la conciliación.

Aunque se ofrezca la máxima indemnización al trabajador, si el abogado duda de la solvencia o fiabilidad de la empresa, no recomendará formalizar ese acuerdo ante el SMAC. Pongamos el caso de una empresa a punto de ser liquidada, o cuya viabilidad pende de un hilo. Formalmente sigue funcionando pero los propios trabajadores saben que sus días están contados. 

Antonio acude sin abogado a conciliación. La empresa ofrece la correspondiente indemnización por despido improcedente. Incluso se pacta su pago en varios plazos. Antonio confía en la promesa de la empresa, y firma un acta de conciliación. Ha conseguido un acuerdo, y si la empresa no cumple, piensa, podrá reclamar su cumplimiento judicialmente.

Y es lo que ocurre. A pesar de que la empresa abona algún plazo, en un momento dado incumple el acuerdo pactado en conciliación. La empresa ha cerrado, es insolvente. Antonio, ahora sí, contrata un abogado, e interpone una demanda de ejecución en el Juzgado exigiendo el cumplimiento del acuerdo al que llegó. Pero en dicho procedimiento se confirma que la empresa resulta ser insolvente. Entonces trata de acudir al auxilio del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), a fin de que responda subsidiariamente. Pero Antonio descubre que ese acuerdo alcanzado en conciliación, no es vinculante para el FOGASA, y que no le abonará nada. Antonio se ha quedado sin cobrar su indemnización. 

María, compañera de Antonio y también despedida, sí decide contar con un abogado desde el inicio. Está tranquila, porque se ocupa de redactar la papeleta, y acude con ella a conciliación. ¿Qué decisión toma su abogado desde el principio? No aceptar ningún acuerdo en conciliación, menos a plazos, con una empresa que se sospecha es de dudosa solvencia. Asesora a su cliente y deciden interponer una demanda judicial, y se llega al mismo acuerdo que alcanzó Antonio, pero en sede judicial, no en conciliación. La empresa tampoco lo cumple, es insolvente. Pero al haberse homologado el acuerdo en el Juzgado, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) sí está obligado a abonar a María gran parte de su indemnización. María ha estado correctamente asesorada desde el principio.

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